A- de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Mauricio Fajardo Gomez Y Otros·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Negar por cuanto no existió vulneración del debido proceso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad de la sentencia SU447/11.
En síntesis, las peticiones de nulidad se fundamentaron en la vulneración del derecho al debido proceso por desconocimiento de la garantía del juez natural y de la cosa juzgada constitucional.
Igualmente, en la violación de las normas jurisprudenciales relacionadas con la procedibilidad de la tutela, en especial, la referida a la subsidiariedad.
Así mismo, en la omisión de análisis de hechos fundantes para la decisión, la indebida remisión normativa a reglas del CPC y no del CCA, además de la inaplicación del principio de legalidad en el caso de la notificación de actos administrativos.
Al encontrar que no se dieron los requisitos materiales para la procedencia de la solicitud de nulidad y al no evidenciar que se presentó de manera ostensible, probada, significativa y trascendental, una afectación al derecho al debido proceso, la Corte decidió DENEGAR los recursos de nulidad impetrados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- DENEGAR las solicitudes de nulidad frente a la Sentencia SU-447 de 2011 proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional, presentadas por el Presidente del Consejo de Estado, por apoderado en representacion de las sociedades Exultar S.A. en liquidacion, Fultiplex S.A. en liquidacion e Inversiones Lieja S.A. en liquidacion, y por apoderado en representacion de las sociedades Compto S.A., en liquidacion, Asesorias e Inversiones C.G. Ltda. en liquidacion, e I.C. Interventorias y Construcciones Ltda. en liquidacion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.